¿Puedo patentar una idea?

Muchas personas me hacen la misma pregunta: ¿Puedo patentar una idea?

Si sólo queréis saber la respuesta os adelantaré que NO. Es más, en España NO es posible proteger legalmente las ideas, si sólo cuentas con una idea inicial. Pero entonces, ¿no puedo patentar una idea? ¿No puede tener copyright? ¿No se le pueden aplicar Creative Commons? No, no y no.

Lo cierto es que no es que lo diga yo, sino que las leyes en España así lo consideran y vamos a ver una explicación razonada de la respuesta en el resto del post, que reconozco ha salido un poco más extenso de lo normal, pero es necesario para poder entender bien la dificultad de proteger algo tan “abstracto” como una idea. Perdonadme si no utilizo con propiedad algún término legal, pero no soy abogada ni tengo formación al respecto.

Antes de nada marcaremos el ámbito de la respuesta. Puesto que estamos hablando de proteger “legalmente”, marcaremos la barrera legal a España.  (En otros países como EEUU se aplica de forma diferente).

Patentes:  ¿Puedo patentar mi idea? La ley que se aplica sobre las patentes es la ley de Propiedad Industrial. Sin entrar en el detalle de la ley se entiende por Propiedad Industrial un conjunto de derechos exclusivos que protegen tanto la actividad innovadora manifestada en nuevos productos, nuevos procedimientos o nuevos diseños, como la actividad mercantil, mediante la identificación en exclusiva de productos y servicios ofrecidos en el mercado. Si concretamos más, según la ley de patentes son patentables las invenciones nuevas, que impliquen actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial, aun cuando tengan por objeto un producto que esté compuesto o que contenga materia biológica, o un procedimiento mediante el cual se produzca, transforme o utilice materia biológica. ¿y es suficiente con tener la idea inicial para obtener una patente? Bueno, lo cierto es que debemos tener un prototipo, un diseño o un desarrollo del producto ya que como dice la ley (ver artículo 25) “La invención debe ser descrita en la solicitud de patente de manera suficientemente clara y completa para que un experto sobre la materia pueda ejecutarla”.  Por ejemplo, la idea de crear un papel con un trozo de su superficie posterior con adhesivo que permita que se pueda pegar el papel a otro trozo de papel no sería patentable.

Sin embargo si añadiéramos en la descripción las características técnicas del papel y del adhesivo, el mecanismo para que el papel se impregne de ese adhesivo, incluso una imagen de su funcionamiento, podríamos patentar el post-it (si fuera un producto novedoso), ya que se ha dado el suficiente detalle como para que se pueda reproducir y crear el producto perfectamente.

Copyright:  ¿Se puede aplicar un copyright sobre las ideas? Veamos que es el copyright. La palabra copyright se refiere en un principio a la noción de derecho de autor en la ley americana (Título 17 del United States Code). Lo que en los EE.UU. se conoce como copyright, en Europa se le conoce como derecho de autor. Si nos vamos a la ley de Propiedad Intelectual que es la que define los derechos de autor en España, vemos que existe una lista cerrada de los tipos de creaciones objeto de la ley que ahora mostramos a continuación además de las obras derivadas de estas:

De nuevo podemos comprobar que las ideas como tal, no tienen cabida en la ley, por lo que el copyright no es aplicable. Por ejemplo, tener una idea sobre una mujer y un hombre que se conocen en un transatlántico, se enamoran y tras chocar con un iceberg muere el hombre, sería una idea sin copyright. Sin embargo la película de Titanic sí que tiene copyright. En este caso no es necesario como en el caso de las patentes el solicitar un copyright a ningún organismo, pues este tipo de obras se entienden de por sí ya protegidas.

Por último Creative Commons:  ¿Puedo aplicar un Creative Commons a las ideas? Veamos. Creative Commons es una corporación americana sin ánimo de lucro que definió una serie de licencias sobre el copyright. Desde 2004 las licencias creative commons americanas se adaptaron a la legislación sobre Propiedad Intelectual Española. Las licencias de Creative Commons (CC) lo que permiten es que puedas sobre el derecho de autor o copyright que tengas sobre una obra decidir si cedes parte de ese derecho a terceras personas. Por ejemplo si publicas tu obra con la licencia CC Reconocimiento, estarás cediendo el derecho a reproducirla siempre y cuando se te reconozca la autoría de la misma. Pues bien, puesto que sobre las ideas, como hemos visto con anterioridad no se tiene un derecho de autor o copyright, tampoco vas a poder ceder parte de esos derechos que no tienes, o lo que es lo mismo, no vas a poder aplicar un CC sobre tus ideas.

Conclusión, a pesar del valor que aportan las ideas, estas no están protegidas por la ley en España. Y esto, ¿es bueno o malo? ¿Cuánto valen las ideas entonces? Bueno pues estas preguntas, creo que mejor en próximos posts ;)


11 Responses to “¿Puedo patentar una idea?”

  1. [...] ¿Puedo patentar una idea? [...]

  2. JoSeK dice:

    Excelente post Aurora. Yéndome hacia el final, y aunque ya has dicho que abordaras el tema de si es bueno o malo proteger las ideas en futuros posts, aprovecho para dejar mis opiniones:

    * Proteger las ideas sería una auténtica salvajada. Actualmnente ya ocurre algo similar en estados unidos, donde se puede patentar software y cosas más etéreas, y eso lleva a enormes disputas entre empresas. Hay muchos problemas como el ¿cómo controlas lo parecidas que son 2 ideas? ¿cómo te aseguras que esa idea no la tuvo nunca antes nadie? ¿cómo demuestras que tu idea no la ha implementado nadie?, etc.

    * Si alguien quiere patentar una idea es, muy seguramente, porque no tiene capacidad de implementarla en condiciones. Vamos, que si permitimos que las ideas se puedan proteger, al final se cortarían las alas a la innovación, ya que la mayoría de la gente no las acabaría implementando.

    La verdad que me dan escalofríos solo de pensar en que llegue un día que se puedan proteger/patentar las ideas.

    • auroragaral dice:

      Gracias JoSeK :)
      Respecto a tu segundo punto, estoy totalmente de acuerdo contigo y creo que afortunadamente no va a ser posible llegar al extremo de poder proteger una idea, entendiendo como idea algo incial. Imagínate que tenemos una idea como “crear un coche volador”. Ahora mismo yo tengo la idea, aunque soy incapaz de generar el invento. Sería injusto que me permitieran tener unos derechos sobre algo que soy incapaz de crear. Y como tu dices, esto cortaría las alas a la innovación.
      Respecto a lo de las disputas entre empresas es un tema muy amplio y que da para otro post. Lo cierto es que el sistema de patentes español, permite 2 tipos de patentes, una más débil sin examen de novedad previo y otro más fuerte donde realmente estudian que no haya una patente previa que choque con la tuya. Puesto que la patente “débil” cuesta la mitad que la otra con examen (aprox. unos 600 euros), hay un alto porcentaje de patentes “débiles” concedidas.
      Por lo tanto, incluso aquí en España y con el sistema actual, muchas de las patentes que obtienen los inventores, ante una demanda, no les garantiza nada sobre todo si obtienen esa patente “debil”.

  3. anitaideas dice:

    Gracias pro escribir el post.
    Ya me ha pasado alguna vez de tener alguna idea de gadget o widget para realizar, pero siempre entro en pánico al tener que compartirla con alguien. Alguna vez, lamentablemente, también he visto cómo algoque comenté fue realizado por otra persona.

    Por ahora,lo único que he encontrado son los Contratos de Confidencialidad, pero no sé hasta qué punto me pueden ayudar a proteger una idea.

    Espero ansiosa tus siguientes posts!

    Gracias!

  4. MC dice:

    Qué buena documentación, efectivamente el tema de los contratos de confidencialidad como dice @anitaideas es una solución, pero en España es bastante complicado;)

    ¡Qué buena idea! Va a resultar ser no tan “buena idea”… no estamos sobrados de genios emprendedores en España desde la fregona y Picasso :-)

  5. auroragaral dice:

    @anitaideas Sí, los contratos de confidencialidad son otra opción para proteger tus ideas, aunque en este caso solo la protegerías entre los que firmen ese contrato. En cualquier caso, si ya existe una patente por ejemplo sobre la idea que tu tengas, aunque tú no lo sepas y se firme ese contrato, estás desprotegida, puesto que ya lo han patentado previamente. Incluso si alguien ajeno a ese contrato patenta la idea posteriormente a la firma del contrato, de nuevo estás desprotegida porque prima el primero que patente el invento o incluso por encima de éste el primero que lo publique en una revista científica o lo saque al mercado

  6. auroragaral dice:

    @MC gracias por tu comentario :)
    España es uno de los paises más creativos, todos tenemos muchas ideas. Ahora, son menos los que deciden ponerse manos a la obra y desarrollar una idea y patentarla. Como dices tenemos grandes inventores: fregona, chupa-chups, futbolín… y hasta el submarino es un invento español :)

  7. idea dice:

    vaya cantidad de vueltas que le das para acabar diciendo que sí, que se pueden patentar las idea.

  8. Sanp dice:

    Las ideas son patrimonio de la humanidad, hay que dejarlas libres para que fertilicen y fructifiquen. La auténtica protección está en la capacidad de llevar las ideas a la práctica antes y mejor que otros. Pretender congelar una idea, ponerle un cerrojo y cobrar por acceder a ella va contra natura.

  9. Alimavi dice:

    Hola. Me parece bien que las ideas fluyan pero cuando esto puede implicar conseguir ó perder un puesto de trabajo en dicha idea, ya no es tan gracioso. Yo tuve una idea que se me ocurrió dejarla libre y la propuse en un diario a modo de comentario. Poco tiempo despues, dicha idea fué puesta como propuesta en elecciones municipales y un tiempo despues se ha puesto en marcha en el ayuntamiento de mi ciudad. Dicha idea que es una propuesta de la creacion de un centro multicultural en un edificio emblemático y para mi supone mucho mas de lo que parece, y que ahora pues adios. Dicha gente cuando termina de crear esto que está en marcha, no me van a tener en cuenta. Ni contrato, ni posibilidades, ni nada de nada….O sea que hasta un cierto punto, las ideas no deben dejarse escapar y menos si implica empleo ó no empleo,.

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